Veredicto en el Caso Glaría: Condenaron por robo a los acusados

gonzalo glaria

El caso, que involucró el fallecimiento de Gonzalo Glaría en circunstancias relacionadas con un intento de asistencia a una víctima de robo.

Tras intensas audiencias de debate que se llevaron a cabo entre los días 2 y 7 de agosto, el tribunal pluripersonal del colegio de jueces de primera instancia de la quinta circunscripción judicial de Rafaela emitió hoy su veredicto en el conocido “Caso Glaría”. Los acusados, identificados como Cristian D. Milesi y Matías Perea, han sido condenados como coautores de robo, sin contemplar la carátula de homicidio solicitada por la acusación.

La Dra. Cristina Beatriz Fortunato, acompañada por los doctores José Luis Estévez y Sergio Andrés de Seiro, fue la encargada de leer la sentencia en la que se establece que ambos imputados son penalmente responsables del delito de robo simple. La pena impuesta es de cuatro años y seis meses de prisión, con los accesorios legales y costos del proceso correspondientes.

El caso, que involucró el fallecimiento de Gonzalo Glaría en circunstancias relacionadas con un intento de asistencia a una víctima de robo, había generado expectativas sobre una posible carátula de “Homicidio en ocasión de robo”. Sin embargo, el jurado pluripersonal no consideró esta acusación, que había sido propuesta por el Ministerio Público de la Acusación y habría conllevado penas más graves para los acusados.

La lectura del veredicto se llevó a cabo en las primeras horas de la mañana de hoy 11 de Agosto, en los tribunales de Rafaela, donde se comunicó la decisión final del tribunal. Además, se informó que el cómputo definitivo de la pena impuesta será diferido hasta que el fallo obtenga firmeza. Esto significa que los acusados deberán cumplir la pena establecida de cuatro años y seis meses de prisión, sujeta a los procedimientos legales habituales.

Este veredicto marca el cierre de un proceso judicial que ha capturado la atención de la comunidad durante mucho tiempo. La sentencia emitida resalta la importancia de la evaluación rigurosa de las pruebas y las circunstancias en cada caso, subrayando que el sistema judicial busca garantizar la justicia en base a los hechos y las leyes vigentes.

INFORMACION OFICIAL DE FISCALIA

Son los hombres de 22 y de 27 años, respectivamente, que le robaron al menor de edad que solicitó la ayuda de Gonzalo Glaría. La sentencia fue resuelta en un juicio oral que finalizó esta mañana en los tribunales rafaelinos. El fiscal Diego Vigo representó al MPA en el debate y adelantó que aguardará los fundamentos del tribunal para luego apelar la sentencia.

Cristian David Milessi de 27 años y Matías Perea de 22 fueron condenados a cuatro años y seis meses de prisión por la coautoría del delito de robo, ocurrido el 30 de diciembre de 2019 en Rafaela (departamento Castellanos). La sentencia fue impuesta en el marco de un juicio oral y público y dada a conocer esta mañana en los tribunales rafaelinos.

El tribunal pluripersonal que resolvió las condenas estuvo compuesto por los jueces Cristina Fortunato y José Luis Estévez y por el conjuez Sergio Beceyro. Por su parte, el fiscal que representó al MPA fue Diego Vigo.

“No es el fallo que esperábamos pero nos satisface haber obtenido una condena de prisión efectiva. Aguardaremos los fundamentos del tribunal para estudiar los pasos a seguir y apelar la sentencia”, sostuvo Vigo. “Tal como sostuvimos durante el debate, entendemos que hubo un homicidio en ocasión de robo, por lo tanto seremos cautelosos y analizaremos detenidamente las razones que llevaron al tribunal a resolver como lo hizo”.

El hecho

Vigo recordó que “todo comenzó a partir del accionar engañoso a través de las redes sociales, por el cual la víctima del robo –por entonces menor de edad– fue convocada a una supuesta venta de un teléfono celular”.

“Con pleno conocimiento y voluntad, mediante un acuerdo previo y con dominio funcional de los hechos, Perea y Milessi citaron al menor a la zona cercana a los baños públicos del Parque de los Eucaliptus –ubicado en la intersección de Roque Sáenz Peña y Mitre– el 31 de diciembre de 2019 aproximadamente a las 10, donde supuestamente le venderían un teléfono marca Samsung modelo J7 por 4.000 pesos”, precisó el fiscal.

El representante del MPA relató que “cuando se encontraron en el lugar, los condenados se apoderaron ilegítimamente mediante violencia de bienes personales que llevaba el entonces niño”.

“Luego del desapoderamiento violento, ambos imputados escaparon del lugar. Perea lo hizo a bordo de una motocicleta en la que habían llegado al espacio público y Milessi, corriendo. Momentos después, ambos imputados se encontraron en una estación de servicios cercana y continuaron la huida a bordo de la moto teniendo pleno conocimiento de que eran perseguidos”, sostuvo Vigo.

El fiscal también narró que, “al observar que los agresores se escapaban del lugar, el menor de edad al que le habían sustraído el dinero y su teléfono le solicitó ayuda a Gonzalo Glaría, quien estaba a bordo de su moto esperando que el semáforo lo habilitara para circular. De esta forma, desde la Fiscalía sostuvimos durante el debate que Glaría había asumido la legítima defensa de un tercero asimilada a la propia al perseguir a los dos imputados que pretendían escapar del lugar y así consumar el desapoderamiento de los bienes del menor”.

El fiscal agregó que “a nuestro entender, de las evidencias presentadas en el debate se desprendió que tanto Perea como Milessi tenían conocimiento de que la persecución se daba en el contexto del robo en curso de ejecución y que ello lo era en virtud de la creación del riesgo prohibido por ellos creado”. En tal sentido, remarcó que “en calle Triunvirato, y luego de atravesar el cruce con General Paz, Glaría se puso a la par de la motocicleta en la que se conducían los condenados, quienes realizaban maniobras evasivas para no ser alcanzados. Como consecuencia de esas maniobras, Glaría impactó su moto contra un automóvil que se encontraba estacionado en la estrecha calle por la que circulaban”.

El fiscal añadió que “en tales circunstancias, encontrándose Glaría caído con heridas de gravedad, que determinaron su posterior fallecimiento, Milessi se le acercó inmediatamente y luego de insultarlo le propinó una patada en la cabeza. Luego de esto, Perea y Milessi se retiraron del lugar en la motocicleta en la que se conducían consumando de esa manera el hecho”.

“Desde la Fiscalía sostuvimos y sostenemos que el resultado muerte de Gonzalo Glaría en el contexto de comisión de un robo merecía la calificación de homicidio en ocasión de robo, por las evidencias que se colectaron a lo largo de la investigación. En tal sentido, estamos convencidos de que los resultados dañosos de la conducta delictiva desplegada por ambos imputados fueron la culminación de la creación de riesgo prohibido que les resultaba evitable y reprochable penalmente”, concluyó el fiscal.

Condena

Perea y Milessi fueron condenados a la pena de cuatro años y seis meses de prisión por ser coautores penalmente responsables del delito de robo.

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