Rosario: Rechazan Habeas Corpus y desestiman Inconstitucionalidad de Facultades Policiales

En una reciente resolución, la Justicia provincial de Santa Fe rechazó un habeas corpus presentado por el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (Sppdp).

El recurso buscaba frenar las identificaciones de personas que realiza la Policía de Santa Fe en el marco de la Ley de Emergencia en Seguridad, pero fue desestimado por el juez Rafael Coria, quien también descartó un planteo de inconstitucionalidad del artículo de la Ley Orgánica Policial que habilita estos procedimientos.

La audiencia se celebró en el Centro de Justicia Penal de Rosario, y la resolución generó opiniones divididas en la sociedad, en especial en lo relacionado con la legalidad y los efectos de las políticas de seguridad pública del gobierno provincial.

Este artículo examina el fallo judicial y su impacto en las facultades policiales, así como la controversia sobre las identificaciones en la vía pública.

Antecedentes del Caso y el Habeas Corpus Rechazado

El Servicio Público Provincial de la Defensa Penal había interpuesto un habeas corpus colectivo en representación de toda la ciudadanía de Rosario.

El reclamo se centraba en las identificaciones realizadas por la Policía de Santa Fe en base al Artículo 10 Bis de la Ley Orgánica de Policía, introducido tras las reformas impulsadas por el gobernador Maximiliano Pullaro en diciembre pasado.

Este artículo permite que las personas sean demoradas por un lapso de hasta seis horas para verificar su identidad, en caso de que existan sospechas fundadas de su relación con la comisión de un delito o si se resisten a identificarse en la vía pública. Según la defensa, estas acciones vulneran derechos constitucionales, como la libertad ambulatoria y el debido proceso.

El Fallo del Juez Coria

El juez Rafael Coria desestimó el habeas corpus, argumentando que aceptar dicho recurso generaría una situación desigual en el tratamiento de los ciudadanos en distintas localidades de la provincia. El magistrado explicó que, de prosperar el habeas corpus, los ciudadanos de Rosario no podrían ser identificados por la policía en la vía pública, mientras que los de otras localidades sí, creando una contradicción en términos de aplicación de la ley y afectando las garantías constitucionales de igualdad ante la ley.

Según Coria, las facultades otorgadas a la policía mediante el Artículo 10 Bis son parte de una estrategia de seguridad urbana destinada a reducir los índices de criminalidad, enfocándose tanto en la prevención objetiva del delito como en disminuir la percepción de inseguridad entre los ciudadanos.

La Ley Orgánica de Policía y su Artículo 10 Bis

El Artículo 10 Bis, introducido por las reformas a la Ley 14.258, es una herramienta clave en la lucha contra el crimen en la provincia de Santa Fe.

La normativa establece que las personas pueden ser detenidas temporalmente para verificar su identidad, siempre que existan sospechas razonables de su participación en un delito o si muestran resistencia a ser identificadas. Sin embargo, este poder tiene límites: la demora no puede exceder las seis horas.

Un Instrumento de Prevención

El juez Coria defendió la implementación del Artículo 10 Bis al considerarlo una política de prevención que abarca tanto la prevención del delito como la sensación de seguridad entre los ciudadanos. Según él, la ley busca actuar en dos frentes: el riesgo objetivo de ser víctima de un delito y la percepción subjetiva de inseguridad.

Las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad han sostenido que los resultados de estas políticas de identificación han sido positivos. Según María Florencia Blotta, subsecretaria de Relaciones con el Poder Judicial, la decisión judicial avala la legalidad y constitucionalidad del Artículo 10 Bis, ya que la misma cuenta con el respaldo de fallos previos de la Corte Suprema de Justicia provincial.

Planteo de Inconstitucionalidad: Rechazo Judicial

Además del habeas corpus, el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal solicitó la declaración de inconstitucionalidad del Artículo 10 Bis.

Sin embargo, este pedido también fue desestimado por el juez Coria, quien consideró que la ley cumple con los requisitos constitucionales y que la política de identificaciones ha demostrado ser eficaz para reducir los índices de criminalidad en Rosario.

Argumentos a Favor de la Ley

La subsecretaria Blotta remarcó que el fallo refuerza la efectividad de las políticas de seguridad impulsadas por el gobierno de Santa Fe.

Según la funcionaria, las identificaciones en la vía pública y los controles de autos y motos son medidas preventivas que están orientadas a reducir la violencia en la ciudad.

Además, afirmó que la inconstitucionalidad del Artículo 10 Bis hubiera puesto en peligro la eficacia de dichas políticas.

El juez Coria también destacó que las facultades policiales otorgadas por la ley son parte de un conjunto más amplio de medidas que incluyen una estrategia de control y prevención en las calles. Estas acciones, según el magistrado, han tenido un impacto significativo en la disminución de los índices de violencia en Rosario.