Inédita adopción en Salta: Un hombre de 76 años adopta a otro de 61

En un fallo sin precedentes, la Justicia de la provincia de Salta, Argentina, ha autorizado la adopción de un hombre de 76 años, Luis González, a otro hombre de 61, Pedro Ruiz.

Este hecho insólito no solo desafía las normas convencionales de la adopción, sino que marca un hito en la interpretación de los derechos de identidad y autonomía de los adultos mayores.

La historia familiar se remonta a más de cinco décadas y es el resultado de una relación de amor, apoyo y deseo de formalizar lazos familiares que ya existían en la práctica.

Una Familia No Convencional

La historia comienza cuando Pedro tenía solo dos años. Su madre, Ana López, hoy de 82 años, inició una relación con Luis González.

Durante ocho años, Luis fue figura paterna en la vida de Pedro, hasta que la pareja decidió casarse cuando él tenía 10 años.

A lo largo de las décadas, se consolidaron como una familia, aunque siempre sintieron que faltaba algo para formalizar plenamente ese vínculo.

González intentó adoptar a Pedro en tres ocasiones previas, pero todas fueron rechazadas por la Justicia debido a las limitaciones del marco legal vigente en ese momento.

A pesar de que Pedro no tenía relación con su padre biológico, fallecido en 1974, los tribunales no autorizaban la adopción debido a que ambos eran adultos.

Sin embargo, en 2015, una reforma del Código Civil argentino permitió la posibilidad de adopción entre adultos, abriendo una ventana para que este caso tuviera un final feliz.

El Cambio de Paradigma en la Legislación

El fallo que hizo historia se dictó el pasado viernes, 20 de septiembre, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 2 de Orán, a cargo de la jueza Ana María Carriquiry.

La jueza explicó que el caso presentó desafíos inéditos, especialmente al tratarse de una adopción entre personas de la tercera edad.

En palabras de Carriquiry: “Nos costó armar la adopción porque, al principio, hablábamos del niño y resulta que el niño tiene 61 años”.

Este caso representa un cambio profundo en la interpretación de los derechos de identidad y autodeterminación, incluso para personas mayores.

La jueza destacó que, tras un análisis de la legislación nacional e internacional sobre los derechos de los adultos mayores, quedó claro que la voluntad de esta familia debía ser respetada.

“Acá había un derecho a la identidad y a la autodeterminación y autonomía del adulto mayor que debía ser respetado”, subrayó.

El Valor de la Identidad Familiar

Lo que impulsó este proceso fue el profundo deseo de Luis y Pedro de reflejar en sus documentos la realidad de su relación familiar, una identidad que habían construido juntos durante más de medio siglo.

Al culminar el proceso de adopción, los hijos y nietos de Pedro también fueron consultados por la jueza sobre si deseaban modificar sus apellidos para llevar el de González, a lo cual todos accedieron con entusiasmo.

Este fallo resalta la evolución del concepto de familia en la sociedad contemporánea. Como bien dijo la jueza Carriquiry: “No existe un único modelo de familia, es una construcción cultural y debemos resguardar el derecho a la identidad, a poder llamarse como uno se identifica, con el nombre de su propia familia”.