
.El Gobierno nacional dio un paso significativo al modificar las facultades de la Unidad de Información Financiera (UIF), dejando de estar autorizada para actuar como querellante en casos de corrupción y lavado de activos. Si bien un decreto publicado este jueves no prohíbe explícitamente estas presentaciones judiciales, el espíritu de la medida apunta a que el organismo se retire como parte activa en dichas causas.
La nueva normativa, si bien introduce mecanismos para la regularización de incumplimientos al artículo 21 de la ley (estableciendo obligaciones y plazos), se centra en un cambio de rol para la UIF.
El artículo citado menciona: “La UIF establecerá, en cada caso, de acuerdo con los parámetros establecidos en el artículo 24 de la presente ley, las obligaciones dinerarias y no dinerarias a cumplir y su plazo de cumplimiento. La prescripción de la acción prevista en el artículo 24 bis de la presente ley quedará suspendida desde el momento en que se acceda al régimen y por el plazo de cumplimiento fijado. Si durante el plazo fijado por la UIF la persona que se acoge al presente régimen no comete un nuevo incumplimiento al artículo 21 de la presente ley, repara los daños en la medida establecida y cumple con las demás obligaciones que se le impongan, se extinguirá la acción para aplicar las sanciones previstas en el presente capítulo para el supuesto del incumplimiento investigado”.
Además de esta modificación, el decreto también introduce cambios en la ley de inteligencia en relación con las competencias de la flamante Agencia Federal de Ciberseguridad.
En otro punto relevante, la norma publicada este jueves faculta a la UIF a intercambiar información con otros organismos cuando considere que dicha información puede ser útil para enfocar investigaciones o resultar relevante en la lucha contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Si bien la UIF ya poseía la capacidad de manejar información, la nueva disposición le otorga explícitamente la función de utilizarla para “su análisis estratégico para identificar las tendencias y patrones relacionados con el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”.