La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha prohibido la venta de varias golosinas, sopas instantáneas y aderezos debido a la falta de registros sanitarios, calificándolos de ilegales.
La medida fue anunciada a través de la disposición 6806/2024, publicada en el Boletín Oficial. Según el organismo, estos productos “no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”. En consecuencia, su elaboración y comercialización están prohibidas en toda Argentina.
Detalles de la Investigación
La acción se inició tras una notificación de la Superior Unidad de Bromatología Provincial (SUNIBROM) de Jujuy. Durante un control realizado por la Dirección Provincial de Control Productivo y Comercial, se tomaron muestras de los productos sospechosos para verificar la información presentada en los rótulos.
El Servicio de Evaluación y Registro de Alimentos del INAL confirmó que los productos carecían de datos del importador, como la razón social, Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA). Esta falta de información obligó a la ANMAT a intervenir para proteger la salud de los consumidores.
Productos Prohibidos
La ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de los siguientes productos:
- Gomitas de gelatina marca Candy Loka y Toty.
- Mini gelatinas de frutas marca Shanggao.
- Barrita rellena con crema marca Ambrosoli.
- Mezcla de harina de cereales marca Inca Sur.
- Ajo en polvo marca Sazón Korr.
- Sopas instantáneas marca Ajinomoto.
- Pipocas de maíz marca PI-PO-SAL.
- Sal de condimentos marca Sibarita.
- Fideo fortificado marca Famosa.
- Caramelos y gomitas marca Jennk, Saam y Candy Loka.
- Goma de mascar marca Candy Loka.
- Caramelo duro marca Candy Loka.
Prohibición de Producto Médico
Además, la ANMAT prohibió un producto médico identificado como “Implantes RB SRL- Tornillo de interferencia p/LCA. TI – ANMAT Cert – producto médico autorizado por la ANMAT PM 1378-01 – TITANIO – Esterilización por ETO”, bajo la disposición 6815/2024.
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS) inició la investigación tras una inspección en la ortopedia Vikingo. Se descubrió que el tornillo retirado difería en formato y lote, y no coincidía con los fabricados por la empresa RB. Esto llevó a la ANMAT a prohibir su uso y distribución en todo el territorio nacional.
Protección al Consumidor
Estas medidas subrayan el compromiso de la ANMAT en garantizar la seguridad alimentaria y sanitaria de los consumidores argentinos. Es crucial verificar siempre la procedencia y la legalidad de los productos antes de adquirirlos, especialmente cuando se trata de alimentos y productos médicos.