Fabiola Yáñez no presentó su teléfono a la Justicia

La ex primera dama Fabiola Yañez no se presentó este martes para entregar su teléfono celular ante la Fiscalía española, que tenía previsto cumplir con un exhorto de la Justicia argentina para extraer la información de ese dispositivo y enviarla resguardada en la causa que investiga por supuesta violencia de género al ex presidente Alberto Fernández.

Según explicaron fuentes judiciales, la fiscal española designada para cumplir con el trámite aguardó a Yañez a la hora pautada -las 10 de la mañana en ese país- en un domicilio de Madrid que se había establecido, pero ella no se presentó.

La pericia no pudo concretarse, aunque por el momento la Justicia argentina no había recibido información oficial al respecto y la rogatoria sigue abierta, por lo cual podría fijarse una reprogramación para el trámite que podría concretarse en el transcurso de esta semana. La «copia forense» de los datos deberá ser remitida a la fiscalía federal de Ramiro González para su análisis, en particular los mensajes entre la ex primera dama y el ex presidente.


La rogatoria se firmó luego que la Cámara Federal porteña rechazara un recurso de queja de la defensa del ex presidente, quien se oponía a este trámite a la distancia. Luego pidió, también sin éxito, que un perito de parte presenciara el trámite por videoconferencia, pero el planteo fue rechazado por el juez de la causa, Julián Ercolini.

La defensa de Fernández argumentaba que la medida debía llevarse a cabo en territorio nacional para garantizar el derecho a defensa y el «debido proceso» con el fin de «garantizar la integridad de la evidencia», un «mayor control de la cadena de custodia» y minimizar los «riesgos de manipulación o contaminación de los datos».

Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah avalaron la realización de la medida en España y advirtieron que «ninguno de los argumentos de la defensa revela un gravamen irreparable» ni arbitrariedad.

«La información se descargará de un teléfono que no está secuestrado por la Justicia, sino en poder de la víctima desde el momento de los presuntos hechos relevantes hasta hoy», por lo cual «la obligación de asegurar la inalterabilidad de los datos es operativa desde que se toma conocimiento de aquellos y se los tiene a disposición», agregó esa resolución.