El fallo fue dictado por un tribunal compuesto por los jueces Pablo Busaniche, Leandro Lazzarini y Nicolás Falkenberg en un juicio oral que culminó ayer en los tribunales de la capital provincial.
El fiscal a cargo de la investigación fue Roberto Olcese, miembro de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 1. Olcese también representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) durante el debate.
“Los jueces corroboraron todos los hechos ilícitos que atribuimos en la acusación, impusieron la condena por las mismas calificaciones penales que seleccionamos desde la Fiscalía y por un monto similar a los 20 años que solicitamos en los alegatos de clausura”, subrayó el fiscal.
Olcese explicó que los abusos en perjuicio de una de las víctimas ocurrieron entre 2012 y 2014, mientras que los ataques sexuales contra su hermana se llevaron a cabo entre 2015 y 2017. “El condenado abusó de las dos niñas de manera sistemática en la vivienda que compartían debido a la relación de pareja que él mantenía con la madre de ellas”, detalló el fiscal.
Además de los ataques en la casa, una de las niñas fue abusada en el auto de Zarzyski mientras se trasladaban de Laguna Paiva a la ciudad de Santa Fe, y en un inmueble que el padre del condenado usaba como lavadero. “Las dos niñas no pudieron contar nada de sus padecimientos hasta que en 2020 se animaron a relatarle a su madre lo que habían sufrido”, precisó Olcese. Primero lo hizo la hermana mayor, quien ya era mayor de edad, y meses después también lo reveló la hermana menor.
La madre de las víctimas informó lo ocurrido al Servicio Local de Niñez de la municipalidad de Laguna Paiva, lo que permitió que se impulsara la denuncia de los delitos y se iniciara la investigación.
En cuanto a los delitos específicos, Zarzyski fue condenado por abuso sexual con acceso carnal calificado (por la guarda y por la convivencia) y promoción a la corrupción de menores agravado (por la edad de la víctima, por la guarda y por la convivencia) en relación a la primera víctima.
Respecto a la segunda víctima, se le impuso la pena por abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la guarda y por la convivencia) y promoción a la corrupción de menores agravado (por la edad, por la guarda y por la convivencia). Este caso pone de manifiesto la importancia de la valentía de las víctimas y el rol crucial de las instituciones en la lucha contra los abusos sexuales.