Rechazo judicial a la suspensión de la Ley de Emergencia Previsional en Santa Fe

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La justicia de Santa Fe desestimó una solicitud de medida cautelar que buscaba suspender la vigencia de la Ley 14.283, que establece la “Emergencia Previsional y Reforma del Sistema Jubilatorio” para empleados y funcionarios provinciales.

La medida cautelar había sido presentada por un grupo de legisladores, encabezados por la diputada Amalia Granata, quienes argumentaban que la ley fue sancionada de manera irregular y exigían su suspensión mientras se evaluaba su posible inconstitucionalidad.

Alegaciones de los diputados

Los diputados denunciaron que la votación que aprobó la Ley 14.283 el 12 de septiembre de 2024 en la Cámara de Diputados de Santa Fe se realizó de forma “antirreglamentaria e inconstitucional”.

Según su demanda, durante el trámite legislativo se produjeron violaciones al reglamento, lo que, según ellos, viciaba y anulaba la votación.

El grupo solicitaba la suspensión preventiva de la ley, argumentando que su aplicación podría generar “perjuicios irreparables” tanto a los empleados provinciales como al sistema previsional.

Respuesta del gobierno provincial

El gobierno provincial defendió la legitimidad del proceso legislativo y rechazó la medida cautelar solicitada. Argumentaron que los legisladores demandantes estaban buscando la “revisión judicial de una discusión parlamentaria”, lo cual consideraron contrario a las normas del debate democrático y del reglamento legislativo.

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El gobierno también destacó que no se acreditaba un peligro irreparable en la demora de la decisión, y que suspender la vigencia de una ley implica evaluar el interés público, lo cual no se cumplía en este caso.

Decisión judicial

La jueza María Romina Kilgelmann, del Juzgado de 10ª Nominación en lo Civil y Comercial de Primera Instancia de Santa Fe, desestimó la solicitud de suspensión de la ley. En su fallo, la magistrada argumentó que no se cumplían los requisitos legales necesarios para otorgar una medida cautelar, entre ellos, el “peligro en la demora” o la irreparabilidad del daño alegado.

Kilgelmann subrayó que las leyes gozan de una presunción de legitimidad y que suspender la aplicación de una ley de alcance general afecta directamente el principio constitucional de división de poderes, lo que exige un análisis extremadamente riguroso y contundente.

La jueza indicó también que la presunta inconstitucionalidad de la ley es un tema complejo que deberá ser evaluado en un juicio más extenso y profundo, no mediante una medida cautelar de urgencia.

Consecuencias y próximos pasos

La decisión judicial permite que la Ley 14.283 siga vigente mientras continúa el proceso judicial que determinará si efectivamente se vulneraron los procedimientos constitucionales durante su aprobación. Los legisladores demandantes deberán presentar pruebas más contundentes para sostener su reclamo de inconstitucionalidad.

Este fallo implica que la reforma previsional aprobada por el gobierno provincial se seguirá aplicando hasta que un tribunal resuelva el fondo de la cuestión. El análisis final dependerá de la revisión judicial de los procedimientos seguidos durante la votación y aprobación de la ley.

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